IGUALDAD DE DERECHOS ENTRE CÓNYUGES: SENADO APRUEBA DE FORMA UNÁNIME MODIFICACIONES A LA SOCIEDAD CONYUGAL

Avatar Yasmin Delgado | enero 11, 2024 0 Likes 0 Ratings

0 Ratings Rate it

IGUALDAD DE DERECHOS ENTRE CÓNYUGES: SENADO APRUEBA DE FORMA UNÁNIME MODIFICACIONES A LA SOCIEDAD CONYUGAL

La norma, permitirá la administración de los bienes sociales en forma conjunta o indistintamente y establece conceptualmente un solo tipo de matrimonio. La Sala acordó como plazo de indicaciones, el martes 16 del presente.

Como “un cambio fundamental en nuestra legislación y principalmente en la cultura de nuestro país”, calificaron senadoras y senadores las modificaciones a la sociedad conyugal, proyecto que recibió el unánime respaldo de la Sala e incorpora explícitamente en el Código Civil la igualdad de derechos entre los cónyuges.

El texto, que fue analizado en primera instancia por la Comisión de Mujer y Equidad de Género, ahora será visto en particular por la Comisión de Constitución, para lo que se fijó como plazo de indicaciones hasta el martes 16 del presente.

Cabe recordar que la norma, que está cumpliendo su segundo trámite constitucional, modifica el Código Civil y otras leyes y responde a una serie de proyectos refundidos (Boletines 7.567-07, 5.970-18 y 7.727-18).

AVANCES

En lo medular, además de la igualdad de derechos, establece conceptualmente un solo tipo de matrimonio, que comprende los matrimonios de distinto sexo como los del mismo sexo y respecto de los que opten por el régimen de sociedad conyugal administrarán los bienes sociales en forma conjunta o indistintamente, derogándose el artículo 150 del Código Civil relativo al patrimonio reservado de la mujer casada.

Los cónyuges de cualquier régimen patrimonial del matrimonio podrán afectar el inmueble que sirva de residencia principal de la familia y los bienes muebles como bienes familiares de común acuerdo, otorgado por escritura pública o por resolución judicial. Con todo, se presumirá legalmente que el inmueble adquirido por subsidio habitacional por cualquiera de los cónyuges en régimen de sociedad conyugal tendrá el carácter de bien familiar.

Pertenecerá a la mujer casada en sociedad conyugal, en un matrimonio de distinto sexo, el inmueble que adquiera por subsidio habitacional. Tratándose de matrimonios del mismo sexo, el bien inmueble pertenecerá al cónyuge adquirente. El inmueble adquirido por el hombre casado en sociedad conyugal, mediante dicho subsidio aumentará el haber social.

DEBATE

Durante el debate -en donde intervino la ministra de Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana- transversalmente se destacó el trabajo de la Secretaría y de la Comisión de Mujer, sumado al reconocimiento de las administraciones anteriores.

En la misma línea, se hizo notar el Acuerdo de Solución Amistosa suscrito ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en marzo de 2007 en el caso de Sonia Arce Esparza, quien, además, fue escuchada por la Comisión, instancia que dedicó 37 sesiones al estudio del proyecto. Revise nota relacionada

El senador Gustavo Sanhueza, presidente de la instancia especializada, detalló el trámite legislativo, que se remonta a 2008 y precisó que se tiene como principio general la igualdad de los cónyuges en el ejercicio de sus derechos.

Explicó que se deroga el 150 del Código Civil, referido al patrimonio reservado de la mujer casada, “lo que requirió de muchas opiniones de académicos y de la indicación del Ejecutivo para resultar aprobada”, porque “se aprobó vinculado a la modificación del artículo 1749 del Código Civil, que establece una administración conjunta entre los cónyuges en determinados casos, como también una administración de los bienes sociales de manera indistinta y separada”.

“Asimismo, prosiguió, la administración de los bienes propios, corresponde al cónyuge propietario y protege el patrimonio familiar y mantiene un necesario grado de flexibilidad en esta materia”.

Visitas al post:
2679

0 Ratings Rate it

Comments

This post currently has no responses.

Leave a Reply









  • © 2024 - Contraplano Medios de Comunicación