Prácticas en salud: a segundo trámite norma que termina con la obligación de estudiantes para reclutar pacientes

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La moción fue respaldada por los senadores, quienes calificaron como “una suerte de abuso” entregar esta responsabilidad a los alumnos que requieren prácticas profesionales. En esa línea, cuestionaron el rol que muchas veces asumen los casas de estudio que imparten carreras de la salud.

 

 

Directo a la Cámara Baja se dirije el proyecto que regula las prácticas intermedias y profesionales de salud luego que la Sala del Senado aprobara por unanimidad la norma que fue debatida previamente por la Comisión de Educación y Cultura.

 

 

El proyecto iniciado en moción de los senadores Luz Ebensperger, Juan Antonio Coloma, Jaime Quintana y David Sandoval, y del ex legislador Claudio Alvarado, tiene por objeto “prohibir exigencias ajenas al proceso de enseñanza-aprendizaje tales como la obligación de los estudiantes de convocar o reclutar a sus respectivos pacientes, en aquellos casos que se requiera la evaluación, diagnóstico o tratamiento de personas”.

 

 

Los congresistas consignan en el texto que “existen situaciones en las cuales se impone al estudiante la obligación de convocar, reclutar o poner a disposición del programa los respectivos pacientes, con el fin de ser evaluados, con lo cual, tales exigencias se tornan arbitrarias, pues no dependen de la voluntad o capacidad del estudiante, sino del azar, por lo cual no pueden estar permitidas”.

 

 

En lo concreto, la iniciativa:

 

 

– Prohíbe a las instituciones de educación superior que impartan programas que requieran cursar y aprobar prácticas que involucren el diagnóstico, tratamiento o evaluación de personas, condicionar su aprobación a la obligación del estudiante de convocar a sus respectivos pacientes ni tampoco a la asistencia de estos últimos a los tratamientos.

 

 

– Dispone que será obligación de estas instituciones contar con todos los elementos e infraestructura indispensables para los efectos que los alumnos puedan realizar las referidas prácticas.

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